Las viviendas de obra nueva obtienen a su terminación una licencia de primera ocupación.

Sin embargo las viviendas muy antiguas o las que se construyeron en su día sin la preceptiva licencia no tienen esta documentación. Para diferentes trámites con la administración o para la venta de propiedades, puede que se exija a su propietario la documentación equivalente a una primera ocupación. Se trata de el Reconocimiento Legal de la vivienda.

Nos encargamos de la completa documentación que requieren los Ayuntamientos para tramitar este reconocimiento, que pude ser de asimilado a fuera de ordenación o de situación legal de fuera de ordenación según la antigüedad de la vivienda.

El Decreto 2/2012, de 10 de enero regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Este decreto está destinado a clasificar y dar una entidad jurídica a las viviendas que se encuentran en situación irregular en suelo no urbanizable.